QUÉ NECESITA PARA CERRAR LA CORTE DE INMIGRACION
(MOCIÓN PARA CERRAR LA CORTE)
- Parole, I-94. (si entró por CBP ONE y no tiene el I-94 con usted, no se preocupe, lo bajamos del sitio oficial del I-94).
- Notice to appear (NTA): los papeles que le dio inmigración cuando entró por la frontera.
- Pasaporte (O copia legible en su defecto).
- Si ya tiene el permiso de trabajo, enviamos una copia, si no, pues el recibo de que aplicó.
Se recomienda para todos los cubanos que tengan parole que cierren su corte y se eviten tener que comparecer. Aunque usted tenga la corte mucho después del año y un día y ya sea residente, tiene que comparecer ante el juez o enviar la moción para cerrar la corte. LA CORTE NO SE CIERRA AUTOMÁTICAMENTE PORQUE SE HAGA RESIDENTE.
Si usted entró con I-220A, la recomendación es aplicar para el asilo. También le ayudamos con la aplicación. Vea los requisitos en la próxima página.
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